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Energía limpia: un desafío para las industrias en el 2018

Actualidad 07/12/17 Gustavo Roldán 7 min de lectura

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El 1° de enero de 2018 entra en vigencia la Ley 27.191 de Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía. Esto supone para las industrias la necesidad de revisar la eficiencia energética de sus procesos, y delinear un plan de adecuación que les permita cumplimentar con la ley en tiempo y forma.

El Acuerdo de París y la Ley 27.191

El 12 de diciembre de 2015 fue el día en que todo comenzó a cambiar. El día en que el mundo decidió algo así como su refundación: 195 países (entre los cuales estaba Argentina) se comprometen a firmar, durante la COP21, el Acuerdo de París.  

Este acuerdo, hoy ratificado por 56 países, se enmarca en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que establece medidas para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a efectos de combatir el calentamiento global.

En Argentina, este compromiso es de carácter obligatorio a partir de la sanción de la Ley 27.191 de Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica. En pocas palabras, esta ley establece para aquellos usuarios que estén alcanzados la necesidad de utilizar energías limpias en un porcentaje de su consumo total.

Claves de la Ley 27.191

Para lograr una mejor comprensión de la ley y sus alcances, explicamos debajo cinco aspectos claves.

¿Quiénes son los usuarios alcanzados por la ley?

Todos aquellos usuarios que consuman por encima de los 300 KW; supermercados de más de 3.000 m2; edificios corporativos de más de 20 pisos; y edificios de gobierno.

¿Qué porcentaje de energía limpia corresponde consumir?

La ley establece que un 8% de la energía total consumida por estos usuarios deberá ser renovable durante 2018. Ese porcentaje irá en aumento con los años, y llegará a ser de un 20% a partir de 2025. 

Gráfico energia limpia.jpgTabla: porcentaje de energía limpia obligatoria para los próximos años según Ley 27.191

¿Qué pasa si una empresa no cumple con la ley?

Todos aquellos usuarios que no cumplan con la ley serán multados. El valor de la multa resultará de la aplicación de una fórmula basada en el costo del combustible importado, por lo que será la opción más cara de todas.

¿A partir de cuándo entrará en vigencia?

A partir del 1° de enero de 2018. Desde esa fecha, los usuarios tendrán hasta el 1° de septiembre de ese año para adecuarse. En caso de no hacerlo, la multa será aplicada de forma retroactiva, es decir, a partir del momento en que entró en vigencia la ley.

¿Cuáles son las posibilidades de adecuación?

Hoy por hoy existen cuatro posibilidades para adecuarse a lo que exige la ley:

  1. Comprar la energía a CAMMESA, que es la distribuidora del Estado, mediante la firma de un PPA (Power Purchase Agreement). Un PPA es un contrato de compra de energía por un periodo de tiempo determinado (va de 15 a 30 años).
  2. Comprar la energía a través de un PPA privado a todos aquellos prestadores cuyos parques (solares, eólicos, de biogás, etc.) no formaron parte de las licitaciones públicas para RenovAr. Los contratos con estos prestadores privados se pueden firmar, por lo general, a precios más bajos que los de CAMMESA, y por periodos de tiempo menores.
  3. Autogenerar su propia energía. A través de diferentes soluciones tecnológicas (paneles solares, generadores eólicos, biogás, biomasa), las empresas pueden generar su propia energía para cubrir la cuota de consumo necesaria para adecuarse a la ley.
  4. Autogenerar parte de la energía necesaria para cumplir con la ley, y comprar el resto a través de un PPA público o privado. Este último punto empieza a ser una buena alternativa para las empresas que desean mostrar a sus clientes, proveedores, empleados, y a la comunidad en general, que son una empresa comprometida con el medio ambiente (marketing verde), teniendo en cuenta que si cumplo con la ley a través de la firma de un PPA, el instrumento que articula esta prestación es una factura; es decir, no se visualiza, y nadie ve mi cumplimiento.

Al analizar en detalle cada escenario, queda claro que adecuarse a lo exigido por la ley es conveniente no sólo por las sanciones implicadas en su incumplimiento, sino también porque, a pesar de los pronósticos iniciales y de la altísima demanda del mercado, la energía renovable es la más barata de todas.

Otro dato muy importante a tener en cuenta es que el consumo de los usuarios ya no sería calculado por nodo de conexión, sino por CUIT. Esto significa que si una empresa tenía dos sedes alcanzadas por un mismo CUIT, el consumo de ambas se suma para determinar si le corresponde adecuarse a la ley.

Un cambio cultural necesario

Cumplir con la Ley 27.191 supone un cambio cultural muy grande. Por eso, las empresas han necesitado tiempo para reacomodarse y comenzar a implementar soluciones concretas.

Al comienzo, hubo gran escepticismo. Escuchamos comentarios como, “de acá a que se reglamente la ley…”; “es imposible hacer algo así en Argentina”; “los precios de las renovables son impagables”; “¿para qué, si la energía está regalada?”; “quién va a venir a invertir a Argentina para hacer un parque solar?”.

Hoy, muchas industrias ya comenzaron a informarse y están capacitando a su personal en materia de eficiencia energética. Se ven cambios de hábitos en los empleados en relación con el derroche energético (por ejemplo, apagar equipos y luces cuando no son necesarias), e implementación de estrategias de adecuación con el apoyo de consultorías externas especializadas. También se están realizando auditorías de eficiencia energética para optimizar cada aspecto del consumo.

Para los próximos meses se vislumbra una tercera etapa marcada por la urgencia en la adquisición de energía limpia, y un “cuello de botella” producto de los límites que impone la ley y la coyuntura socioeconómica.

Es decir, aquellas empresas que quieran comprar a CAMMESA sólo podrán satisfacer el 8% de su consumo total. Si quisieran comprar más a un privado, probablemente deban esperar hasta que los prestadores comiencen a operar ya con la ley en marcha.  A su vez, las empresas que venden tecnología para la autogeneración de energía no podrán, al comienzo, satisfacer la demanda en tiempo y forma.

La respuesta de las industrias

La industria en general ha visto con buenos ojos la idea de incorporar energías limpias, debido a todas las ventajas que esto conlleva:

  1. La posibilidad de contar con alternativas ante una situación de crisis energética por saturación de la matriz energética nacional.
  2. La reducción de costos de energía, lo cual se traduce en una mayor competitividad.
  3. La independencia de los entes y las distribuidoras encargadas del suministro.
  4. La oportunidad de mejorar los índices de eficiencia energética de los procesos industriales a partir de los auditorías realizadas.
  5. La contribución a la lucha contra el cambio climático.

Esperamos que la industria pueda capitalizar estas oportunidades. Es posible consolidar el crecimiento que se espera para los próximos años sobre la base de una política energética acorde a los compromisos asumidos. En este sentido, estamos ante una ley que acompaña las proyecciones positivas sobre el aumento del PBI del país, y que a la vez permite hacer un aporte al problema del cambio climático.

Cuidar nuestra casa común es uno de los grandes desafíos de nuestro tiempo. Hoy, las empresas tienen a su disposición los recursos técnicos, políticos y sociales para comenzar a hacerlo.

Nuevo llamado a la acción

Gustavo Roldán

Director y socio fundador de On Networking